Accesibilidad Universal es sinónimo de que en el entorno en el que se presta un servicio existe facilidad para la deambulación, la aprehensión, la localización y la comunicación, independientemente de la capacidad restringida que de forma permanente o temporal pudiera presentar el cliente/usuario.
Una organización será, pues, accesible siempre y cuando haya establecido medidas en los entornos, edificios, establecimientos e instalaciones donde realiza su actividad, relativas a los bienes y servicios que presta, destinadas a facilitar la participación activa de las personas con algún tipo de discapacidad, temporal o permanente (discapacidad física o sensorial, mujeres embarazadas, ancianos, personas con maletas…).
La certificación por AENOR del Sistema de Gestión de la Accesibilidad Universal de una organización garantiza a todas las personas, con independencia de su edad o discapacidad, las mismas posibilidades de acceso a cualquier parte del entorno construido y al uso y disfrute de los servicios en ellos prestados, con la mayor autonomía posible en su utilización.